Aprueba Congreso de la CDMX ley que reconoce a las abejas y demás polinizadores como especies de protección prioritaria
El Congreso de la Ciudad de México aprobó la expedición de una ley que establece la protección prioritaria de insectos y animales polinizadores y determina sanciones para quien dañe enjambres o use plaguicidas peligrosos en el proceso de producción de la apicultura.
Se trata de la Ley para el Fomento Apícola y la Conservación de Polinizadores, a través de la cual se busca el fortalecimiento de la actividad apícola, la protección de las abejas y garantizar la soberanía alimentaria.
La legislación se aprobó con 46 votos a favor, ninguno en contra y tampoco registró abstenciones.
El diputado Paulo Emilio García González, de la Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Cambio Climático y Protección Ecológica, expuso que en esta ley se reconoce la apicultura como una actividad productiva y equipara el robo de abejas con el de ganado.
La nueva legislación reconoce a las abejas —incluyendo especies nativas y Apis mellifera— así como a otros polinizadores, como mariposas, colibríes, murciélagos, polillas y escarabajos, como especies de protección prioritaria debido a su valor ecológico, su papel esencial en la conservación de la biodiversidad y su importancia para los ecosistemas agrícolas, forestales y urbanos de la ciudad.
La ley tiene como objetivo garantizar la continuidad de los bienes y servicios ecosistémicos asociados a la polinización mediante el impulso al aprovechamiento sustentable del sector apícola, así como fortalecer la protección de hábitats naturales y ecosistemas donde habitan las abejas y otros agentes polinizadores.
Asimismo, contempla acciones para promover la restauración ecológica, la creación y protección de jardines para polinizadores, la educación ambiental, la investigación científica y la difusión del conocimiento frente a la crisis global de pérdida de biodiversidad.

Entre otros aspectos, la legislación establece mecanismos para fomentar buenas prácticas de producción y comercialización de productos apícolas; fortalecer la protección de flora melífera, nectarífera y polinífera; e impulsar acciones para prevenir afectaciones derivadas del uso inadecuado de agroquímicos y plaguicidas altamente peligrosos para los polinizadores y los ecosistemas.
La ley también impulsa la participación de mujeres, jóvenes, pueblos y comunidades indígenas en actividades apícolas y de conservación de polinizadores, además de promover mecanismos de monitoreo mediante herramientas de ciencia ciudadana para fortalecer el conocimiento y protección de la biodiversidad en la Ciudad de México.
Además, prioriza la protección y restauración de ecosistemas en el Suelo de Conservación, Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Valor Ambiental, reconociendo el papel estratégico de estas zonas para la supervivencia de los polinizadores y el equilibrio ambiental de la capital.
LO QUE RECONOCE LA LEY
Las abejas y demás polinizadores son especies de protección prioritaria
Las colonias de abejas son ganado y su robo se sanciona como abigeato
La polinización es un servicio ecosistémico esencial para la soberanía alimentaria
La apicultura es prioridad del desarrollo sustentable de la ciudad
LO QUE CREA LA LEY
Jardines para Polinizadores como estrategia de conservación urbana
Padrón Apícola de la Ciudad de México
Protocolo ante mortandad masiva, con análisis toxicológico, resguardo de muestras y vías
legales
Bancos de germoplasma y programas permanentes de propagación de flora melífera nativa
LO QUE PROHIBE LA LEY
Plaguicidas altamente peligrosos: neonicotinoides y fipronil
Liberación de OGM que representen riesgo para polinizadores, biodiversidad o ecosistemas
Destrucción de enjambres: ahora se rescatan como asunto de utilidad pública
LO QUE MANDATA LA LEY
SEDEMA: alineación con la Estrategia Nacional de Polinizadores, rescate de saberes tradicionales y compras públicas sustentables
Alcaldías y SOBSE: incorporar flora melífera en reforestación y paisajismo urbano






