Identifican restos de dos mineros de Pasta de Conchos; viudas recibirán apoyo de un salario mínimo
Autoridades federales informaron que el Instituto Nacional de Medicina Genómica (INMEGEN) y la Fiscalía General de la República (FGR) identificaron los restos de otros dos mineros, de los 11 que fueron recuperados en la mina Pasta de Conchos.
Se trata de Juan Raúl Arteaga García y Guillermo Iglesias Ramos, cuya identificación se suma a la de José Alfredo Ordóñez Martínez, el primero de los mineros identificados, cuyos restos serán entregados a sus familiares en los próximos días.
En forma conjunta, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y Comisión Federal de Electricidad (CFE), anunciaron que la FGR y el INMEGEN lograron la identificación de nuevos indicios biológicos.
De acuerdo al Plan de Reparación y Justicia en Pasta de Conchos, también se anunció a las viudas de los mineros fallecidos sobre el plan para complementar las pensiones otorgadas en el pasado.
Alejandro Salafranca, titular de la Unidad de Trabajo Digno, de la STPS, detalló que, en un esfuerzo interinstitucional, se instrumentará una medida complementaria a las pensiones para que todas las viudas alcancen un ingreso equivalente a un salario mínimo vigente.
Con relación a los avances técnicos en torno al rescate, la directora general de la CFE, Emilia Calleja Alor, sostuvo que continuarán con las obras de rescate hasta encontrar al último minero.

Pasta de Conchos, una deuda pendiente
El día 19 de febrero de 2006, la mina 8, Unidad Pasta de Conchos, ubicada en el municipio de San Juan de Sabinas, en el estado de Coahuila, sufrió una terrible explosión por una acumulación de gas metano que vio aumentados sus efectos debido a las condiciones deplorables de seguridad de la mina.
La explosión en la mina de carbón, propiedad de la empresa Grupo México, del empresario German Larrea, el segundo hombre más rico de México, dejó con quemaduras de primer y segundo grado a 11 trabajadores que lograron salir; mientras que 65 mineros murieron.
El lugar ya había tenido reportes de fallas de seguridad desde el año 2000. En la última inspección, realizada el 12 de julio de 2004, se asentaron 43 violaciones directas a la norma de seguridad e higiene y se ordenaron 48 medidas y muchas de ellas de extrema urgencia. Sin embargo, las autoridades omitieron supervisar que se subsanaran las fallas anteriormente detectadas.
Después del suceso, las labores de rescate quedaron en manos del Grupo México, que anunció que mantendría labores para la recuperación de cuerpos, al asegurar que en el interior no había posibilidades de vida ya que las temperaturas del estallido superaron inclusive las de un horno crematorio.
Sin embargo, el 4 de abril del 2007, después de rescatar únicamente dos cuerpos, identificados como Felipe de Jesús Torres Reyna y Manuel Peña Saucedo, en una decisión sin precedentes en el resto del mundo, la poderosa minera decidió suspender el rescate.
Argumentó que se ponía en riesgo a los rescatistas, la empresa determinó en un análisis, que entre el 25 y el 75 por ciento de la mina estaría inundada y que existía contaminación biológica y por esa razón justifico, que los trabajos de rescate fueran suspendidos.
El hallazgo de los dos cuerpos en la autopsia reveló que murieron por asfixia y no calcinados.
Las familias y organizaciones acompañantes señalaron que la verdadera razón de esta suspensión sería que, de ser rescatados los cuerpos, se evidenciarían las pésimas condiciones de trabajo en la mina y esto acarrearía sanciones penales, económicas e incluso el retiro de las concesiones de la empresa del Grupo México.
Por esta razón, durante quince años, las familias de los mineros no han cesado en su demanda: el rescate de los restos de los trabajadores y de que se investigue la causa de la explosión y se finquen responsabilidades por lo sucedido.
Respecto a esta situación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 26/2006 dentro de la que determinó que: “los servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social toleraron que la referida empresa funcionara en condiciones que no garantizaban íntegramente la salud y la vida de los trabajadores”.
Asimismo, se acredito la violación a los Derechos Humanos de: legalidad, seguridad jurídica, respeto a la integridad física y Vida.