La SCJN invalida Ley del Espectro Autista en Baja California Sur; advierte falta de consulta

La SCJN invalida Ley del Espectro Autista en Baja California Sur; advierte falta de consulta

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Decreto 3010, por el que se expide la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de Baja California Sur, con el que se pretendía requerirles un certificado de habilitación para favorecer su integración a la vida laboral.

El pasado 14 de marzo, la Corte advirtió que, para la publicación del decreto en el Periódico Oficial de esa entidad federativa el 20 de marzo de 2024, no se llevó a cabo una consulta específica y estrecha a las personas con esa condición en el Estado de Baja California Sur, como lo dispone el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Ante la omisión del Congreso local de realizar una consulta previa con las personas con la condición del espectro autista y sus organizaciones representativas, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, en representación del presidente de la República, demandó de manera específica la invalidez de los artículos 3, fracción III, 9 y 14, fracción VI, de la referida ley.

Esto a que el certificado de habilitación que se prevé para favorecer la integración a la vida laboral de las personas con la condición del espectro autista, no resulta una medida ajustada a ese fin, dado que se supedita el ejercicio de sus derechos a la obtención de un certificado de habilitación, sin que esa exigencia se solicite a las demás personas.

Por lo tanto, el Pleno determinó la invalidez de la totalidad del decreto y precisó que surtirá sus efectos a los doce meses siguientes de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso estatal. Además, vinculó al legislativo local para que dentro de ese plazo cumpla con la consulta y se emita la legislación correspondiente.

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