Por segunda ocasión en 2025, activan contingencia ambiental en la Zona Metropolitana del Valle de México

Por segunda ocasión en 2025, activan contingencia ambiental en la Zona Metropolitana del Valle de México

Por segunda ocasión en lo que va de 2025 se activó la fase 1 de contingencia ambiental atmosférica en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), debido a la alta concentración de ozono, informó la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came). 

A las 15:00 horas de este 18 de marzo se registró una concentración máxima de ozono de 155 partes por billón (ppb) en la estación Gustavo A Madero (GAM), ubicada en la Alcaldía del mismo nombre de la Ciudad de México.

Después de las 14:00 horas, la estabilidad atmosférica en la ZMVM se incrementó de manera sustancial, lo que generó condiciones muy adversas para la dispersión de los contaminantes precursores del ozono.

La intensa radiación solar que ha prevalecido en el valle impulsó las reacciones de formación de ozono a partir de los contaminantes acumulados, además de que el viento ha persistido con intensidad débil en lo que va del día.

Se estima que en las siguientes horas continuarán las condiciones meteorológicas que dificultan la dispersión de los contaminantes, advirtió la Came.

Por lo anterior y con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la Zona Metropolitana del Valle de México, se activa la fase 1 de contingencia ambiental por ozono, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes.

Medidas y recomendaciones para la población

Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, y atender las recomendaciones de salud para evitar exponerse a los picos de contaminación, en especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares. 

Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre.
Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.
Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado. 
Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Restricciones a la circulación en el Sector Transporte 
Mañana miércoles 19 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas: 
1.    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2. 
2.    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
3.    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4
4.    Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o    con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5.    Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6.    Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00  horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
7.    Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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