Por suicidio de persona de la comunidad LGBTTTIQ+ en el CEFERESO de Coahuila, la CNDH emitió recomendación
El suicidio de una persona privada de la libertad (PPL), integrante de la comunidad LGBTTTIQ+, en el Centro Federal de Reinserción Social número 18 (CEFERESO 18) de Ramos Arizpe, Coahuila, y la omisión de la Fiscalía para investigar en forma íntegra el hecho, derivó en una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
De este caso, se acreditó que no se brindó atención especializada a la víctima y que hubo irregularidades en la investigación, por lo que la CNDH emitió la Recomendación 19/2026.
El documento recomendatorio fue dirigido al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social (OADPRS) y a la Fiscalía General del estado de Coahuila.
La investigación de la CNDH constató violaciones a los derechos humanos de la víctima a la protección de la salud, la seguridad jurídica, a la integridad personal y a la vida, atribuibles a las autoridades penitenciarias del CEFERESO; así como a los derechos al acceso a la justicia y a la verdad, por parte de la Fiscalía, en agravio de una persona víctima indirecta.
La víctima, persona adulta joven, quien se identificó como parte de la comunidad LGBTTTIQ+, ingresó al CEFERESO el 28 de diciembre de 2020 con antecedentes de bipolaridad e hiperactividad, además de presencia de ideación suicida en distintas ocasiones; pese a ello, solo tuvo una sesión de valoración psicológica en los más de dos años que permaneció privada de la libertad.
Asimismo, durante su estancia, presentó conflictos físicos y verbales con otras personas privadas de la libertad, lo cual no fue tomado en cuenta para darle seguimiento psicológico oportuno y puntual ni para reforzar las medidas de resguardo de su estado psicoemocional y físico. Por el contrario, la falta de atención y vigilancia desembocó en que la persona fuera hallada sin vida el 22 de febrero de 2023.
En lo que respecta a la actuación de la Fiscalía de Coahuila, esta Comisión Nacional determinó que no investigó el caso desde la perspectiva del probable ejercicio ilícito del servicio público; tampoco indagó sobre el perfil de la víctima ni elaboró una narración temporal contrastada de los hechos. Asimismo, concluyó que la investigación sobre su deceso no se realizó de manera íntegra, toda vez que debió profundizar en la posible responsabilidad derivada de las omisiones del personal de salud del CEFERESO 18.
Ante ello, la CNDH solicitó al OADPRS reparar el daño ocasionado a las víctimas indirectas; proporcionarles la atención psicológica y/o tanatológica, en caso de requerirla; dar seguimiento a las investigaciones iniciadas ante las instancias correspondientes e implementar un ciclo de profesionalización dirigido al personal de Seguridad y Custodia, Médico y de Psicología del CEFERESO 18, enfocado en la identificación temprana, evaluación clínica inicial, contención emocional y canalización oportuna de personas privadas de la libertad con ideación suicida, entre otros puntos recomendatorios.
Por su parte, la Fiscalía estatal deberá colaborar ampliamente con la autoridad investigadora en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa presentada por este organismo ante el Órgano Interno de Control de esa dependencia para deslindar responsabilidades e iniciar actividades formativas dirigidas a los ministerios públicos adscritos a la Unidad de Tramitación Masiva de Casos, respecto a la aplicación práctica del Protocolo de Minnesota.





