SCJN ampara a elefanta “Ely” para que Estado garantice su bienestar y trato digno
La segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de la protección de la elefanta africana Ely, que vive en cautiverio dentro del Zoológico de San Juan de Aragón, un fallo sin precedentes al ser el primer amparo que se otorga de manera individual a un animal.
Ely, paquidermo a la que se le identifica como “la elefanta más triste del mundo”, vive su cautiverio en solitario, en un espacio reducido del zoológico ubicado en la Ciudad de México, señalado por organizaciones ambientalistas como indigno, porque vulnera sus derechos de reproducirse y convivir con otros ejemplares, razón por la que han solicitado su traslado a un santuario de elefantes ubicado en Brasil.
Ante ello, la ministra Yasmín Esquivel Mossa expuso el caso de la elefanta como urgente el 12 de febrero y este miércoles se sometió a votación.
Con tres votos a favor y el voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrma, el fallo de la SCJN obliga a las autoridades a garantizar no solo el bienestar y trato digno de Ely, sino de todas las especies de vida silvestre que viven en cautiverio.
La resolución enfatiza que los zoológicos “deben actuar como santuarios para toda la fauna silvestre que lo habite”.
Recordó que la protección animal en los zoológicos se encuentra inmersa en el derecho a un medio ambiente sano, por lo que el Estado tiene la responsabilidad de asumir todos los deberes necesarios en velar por el bienestar de cada una de las especies que tiene en tutela, además de garantizar el bienestar material y psicológico, una vida libre de maltrato a cualquier tipo de especie que se encuentren en cautiverio en dichos espacios.
La Segunda Sala destacó que existe un amplio marco normativo que exige y obliga a las autoridades a velar que se proteja, conserve y cuide a los animales, asegurando que vivan sin maltrato, en espacios apropiados, con el tamaño y condiciones ambientales acordes a las necesidades de cada especie, de manera que se salvaguarde su permanencia a largo plazo.
De este modo, ordenó que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) se coordinen eficazmente con la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA), asegurando que se lleven a cabo las adecuaciones necesarias en el espacio donde se desenvuelve la elefanta Ely y vigilar el estado de su salud.
Estas dependencias “están obligadas a prevenir, advertir, controlar y vigilar las acciones que se toman dentro del Zoológico de Aragón relacionadas con el bienestar de Ely, a efecto de evitar que se produzcan afectaciones en su salud”, indicó.
El fallo es un paso significativo hacia un modelo de conservación que prioriza la dignidad y calidad de vida de los animales, impulsando un cambio en la forma en que los zoológicos operan en México.
La determinación de la SCJN sienta un precedente para la legislación y regulación de los zoológicos en el país, para que el respeto por la vida silvestre en cautiverio sea una prioridad.