Tribunal ordena suspensión definitiva para tramos 5 y 7 del Tren Maya
El Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa de Mérida consideró que el proyecto Tren Maya no cumple con los principios ambientales para garantizar el derecho a un medio ambiente sano, por lo que ordenó una suspensión definitiva de la construcción de los tramos 5 y 7.
Fueron los tramos 5 Norte (Cancún-Playa del Carmen), 5 Sur (Playa del Carmen-Tulum) y 7 (Escárcega-Chetumal) del proyecto Tren Maya los suspendidos por la orden judicial demandada por las comunidades indígenas, campesinas, urbanas y costeras de Campeche, Yucatán y Quintana Roo, junto con organizaciones de la sociedad civil.
El fallo del Tribunal con sede en Mérida, Yucatán, es parte del amparo presentado en julio de 2020 contra las afectaciones ambientales ocasionadas por este megaproyecto.
El Tribunal sustentó su decisión en los recientes criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que enfatizan la necesidad de garantizar los principios de prevención, precaución e in dubio pro natura (ante la duda, a favor de la naturaleza).
En este contexto, se consideró que la mera existencia de autorizaciones de impacto ambiental y cambio de uso de suelo no basta para cumplir con estos principios.
Para los tramos 5 Norte y 5 Sur, el Tribunal determinó que, aunque la manifestación de impacto ambiental y su evaluación autorizada cumplen con una premisa básica del principio de precaución, es indispensable satisfacer también los principios de prevención e in dubio pro natura. Por ello, se ordena que la suspensión permanezca hasta que:
1. Se realicen los estudios geológicos, geohidrológicos y geofísicos que la SEMARNAT ordenó como condicionantes 9 y 10 de la autorización de impacto ambiental del tramo 5 Sur y sus correlativos en el tramo 5 Norte.
2. Los resultados de dichos estudios se den a conocer y sean evaluados por la autoridad ambiental.
En el caso del tramo 7, el Tribunal identificó que la autorización de la manifestación de impacto ambiental (MIA) fue emitida de manera condicionada, exigiendo a las encargadas de las obras cumplir con más de 12 condicionantes antes de su inicio.
Entre ellas: el Estudio Técnico Económico, Programa de Rescate y Reubicación de Flora y Fauna Silvestre, y el Programa de Prevención, Mitigación y Manejo de Contingencias Ambientales y Conservación del Paisaje Kárstico. Sin embargo, hasta la fecha no existe evidencia de que estas condicionantes hayan sido solventadas.
Por estas razones, se concedió la suspensión definitiva para que las autoridades responsables del proyecto acrediten ante el Juzgado el cumplimiento de todas las condicionantes establecidas en las MIA.
Asimismo, el Tribunal Colegiado concedió la suspensión definitiva para el efecto de que se paralicen las obras del Tren Maya en el tramo 7, hasta que las autoridades encargadas del proyecto acrediten ante el Juzgado Primero de Distrito en el estado de Yucatán que se han cumplido con todas las condiciones establecidas en la autorización siempre y cuando no se encuentre el tramo 7 en operación.