Ley Federal de Derechos, impone cobros sin definir destino
La aplicación de cobros para el ingreso a parques nacionales y áreas protegidas, así como un aumento en la extracción minera, como parte de la meta para recaudar 137 mil 500 millones de pesos, se incluyó en la reforma a la Ley Federal de Derechos que aprobó la Cámara de Diputados en lo general y particular.
La norma se sometió a debate este martes 26 de noviembre y se aprobó en lo general con 344 votos a favor, 91 en contra y cero abstenciones, y en lo particular por 341 votos a favor, 95 en contra y cero abstenciones. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El documento, que forma parte del Paquete Económico 2025, entre otros aspectos, modifica las cuotas por el acceso a las Áreas Naturales Protegidas.
Aunque precisa que se dará certeza jurídica para efectos del pago de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, actualizando el listado de los municipios contenidos en las zonas a que se refiera la Ley, no determina el destino de esos cobros.
Tampoco especifica el destino de las adecuaciones en materia de minería, agua y uso del espacio aéreo, que incluyen un incrementa del 7.5 por ciento al 8.5 por ciento la tasa de cálculo del derecho especial sobre minería, y establecen que el derecho extraordinario para ingresos provenientes de la extracción de oro, plata y platino aumente del 0.5 al 1 por ciento la tasa de cálculo.
No obstante, el diputado Eduardo Castillo López (Morena), subrayó que en el caso de los recursos públicos generados por la minería fortalecerán los fondos que tienen como objetivo original apoyar el desarrollo de las comunidades cercanas a las zonas mineras.
La reforma elimina la exención del pago de derechos por el uso, goce o aprovechamiento del espacio aéreo mexicanos a las escuelas de aviación que realicen vuelos de enseñanza, cuyo ingreso no se determina en qué se gastará.
En el debate, el diputado Héctor Saúl Téllez, del Partido Acción Nacional (PAN), rechazó la implementación de esos cobros, así como del que se implementará a las escuelas de aviación y de derechos aeroportuarios, al considerar que no está clara.
En la discusión en lo particular, diputadas y diputados de Morena, PAN, PT, PRI y MC presentaron propuestas de modificación, las cuales fueron retiradas o no se admitieron a discusión y, por lo tanto, fueron desechadas.
La reforma exenta del pago de derechos a las personas que utilicen las telecomunicaciones para desempeñar actividades en materia de protección civil, con la finalidad de reconocer su participación durante situaciones de emergencia o desastres naturales como huracanes, inundaciones o temblores.
Exenta a pueblos y comunidades afromexicanas del pago de derechos por diversos servicios en materia de telecomunicaciones.
Con el cambio se adecuan y actualizan los ingresos en los servicios migratorios, en materia de inspección y vigilancia a cargo de la CNBV, minería, telecomunicaciones, medio ambiente y recursos naturales, destino específico por servicios en materia de aeropuertos, zona federal marítimo terrestre, derechos por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales y, espacio aéreo mexicano.
Hace un ajuste en la cuota del derecho por la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Elimina la exención del pago del derecho por la expedición del documento migratorio para los pasajeros extranjeros que ingresan al territorio nacional, con fines turísticos, por vía marítima a bordo de buques de crucero.
Establece que el 67 por ciento de los recursos recaudados por el derecho previsto en el artículo 8º fracción I de la Ley Federal de Derechos, que cubran los extranjeros que ingresen como turistas, se destine a la Secretaría de la Defensa Nacional, mientras que el 33 por ciento restante se concentrará en la Tesorería de la Federación como recursos sin destino específico, para gasto público.
Destina el 83 por ciento de los ingresos provenientes del derecho establecido en el artículo 12 de la referida Ley, al Instituto Nacional de Migración para diversos programas en materia migratoria, señalando también que el 17 por ciento de los ingresos derivados de este derecho se concentrará en la Tesorería de la Federación como recursos sin destino específico, para gasto público.
Modifica el artículo 220-A para indicar los porcentajes de la distribución de los recursos obtenidos por el derecho de uso, goce o explotación de aeropuertos federales. Los ingresos se destinarán en un 60 por ciento a la Secretaría de la Defensa Nacional y en un 40 por ciento a la Secretaría de Marina, en función de los sistemas aeroportuarios bajo su coordinación, así como sus necesidades operativas, de infraestructura e inversión que impulsarán el desarrollo de los sistemas aeroportuarios.
En cuanto al agua, se establecen reformas que contemplan la instalación obligatoria de medidores que permiten una medición precisa de los volúmenes de agua utilizados o descargados; ajuste que facilita la deducción de los costos de instalación de estos medidores.
Armoniza las disposiciones sobre las descargas de aguas residuales con la norma oficial NOM-001-Semarnat-2021.