Medio ambiente limpio es un derecho humano: Corte Internacional de Justicia

Medio ambiente limpio es un derecho humano: Corte Internacional de Justicia

La Corte Internacional de Justicia declaró el medio ambiente limpio un derecho humano, por lo que los Estados tienen la obligación de utilizar todos los medios a su alcance para impedir que las actividades realizadas bajo su jurisdicción o control le causen daños significativos.

En cuanto a las consecuencias legales, la Corte indicó que incumplir sus obligaciones constituye un hecho internacionalmente ilícito.

En la reciente resolución estableció que el cambio climático es un riesgo universal existencial, causado inequívocamente por la actividad humana y que los Estados miembros tienen el deber de prevenirlo.

El presidente del tribunal, Yuji Iwasawa, afirmó que las emisiones de gases de efecto invernadero son “inequívocamente causadas por actividades humanas” y tienen efectos que traspasan fronteras.

“Las consecuencias del cambio climático son severas y de gran alcance, afectan tanto a ecosistemas naturales, como a poblaciones humanas. Estas consecuencias subrayan la amenaza urgente y existencial que supone el cambio climático”, señaló Iwasawa.

La opinión consultiva de la Corte, solicitada por la Asamblea General de la ONU en abril de 2023, concluye que el derecho internacional establece que los Estados tienen “el deber de prevenir daños significativos al medio ambiente actuando con la debida diligencia”.

También tienen el deber de cooperar entre sí “de buena fe” para prevenir esos daños.

Según el tribunal, un Estado responsable debe cesar las acciones u omisiones ilícitas; proporcionar garantías de no repetición si las circunstancias así lo exigen; y reparar íntegramente a los Estados lesionados en forma de restitución, indemnización y satisfacción.

Más en detalle, el deber de prevenir requiere que los Estados tomen medidas apropiadas, consistentes, rápidas y sostenibles para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Y dictaminó que “la falta de certeza científica absoluta no debe usarse como pretexto” para la inacción.

Otro punto decisivo es que estas obligaciones no se derivan únicamente de los tratados multilaterales.

También forman parte del derecho internacional consuetudinario y, por lo tanto, son aplicables a todos los Estados, sean o no partes en los principales acuerdos climáticos.

Estados obligados a proteger el sistema climático global

Por su arte, el secretario General de la ONU, António Guterres celebró lo que consideró una opinión “histórica”, que “deja claro” que todos los Estados están obligados, en virtud del derecho internacional, a proteger el sistema climático global.

consideró que se trata de “una victoria para nuestro planeta, para la justicia climática y para el poder de los jóvenes para marcar la diferencia”.

“Los jóvenes de las Islas del Pacífico iniciaron este llamado a la humanidad al mundo. Y el mundo debe responder”, dijo el titular de la Organización.

En abril de 2023, la Asamblea General pidió a la Corte que dictaminara cuáles son las obligaciones de los Estados para garantizar la protección del sistema climático frente a las emisiones generadas por el ser humano y cuáles son las consecuencias jurídicas de estas obligaciones para los Estados.

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