Juez de Control dejó en libertad al asesino del perro “El Chato” en Tijuana
Por Uriel Saucedo
Carlos “N”, presunto asesino del perro “El Chato”, quedó en libertad, luego que el juez de Control, Ulises Chávez, determinó que el monto económico de la sanción es suficiente para reparar el daño a la vecina que denunció el maltrato animal y posterior muerte del can.
Fue la madrugada del 27 de diciembre de 2025 cuando una vecina de Carlos “N” llamó al 911 para denunciar que su vecino estaba golpeando con un palo a su perro hasta privarlo de la vida.
El hecho ocurrió dentro de un domicilio de la calle Antropólogos en la colonia Otay Jardín en el municipio de Tijuana.
La evidencia testimonial y física confirmó que Carlos “N” mató a golpes a “El Chato” y posteriormente lo metió en una maleta, lo llevó a un predio baldío y le prendió fuego.
En la audiencia de vinculación a proceso que se llevó a cabo el 12 de enero, resultó con vinculación a proceso con prisión preventiva como medida cautelar con un plazo de un mes para la siguiente audiencia.
Sin embargo, en la última audiencia con fecha del jueves, 19 de febrero, el juez determinó que Carlos N podría quedar en libertad.
Ante esta resolución, el abogado animalista y asesor jurídico de la vecina que denunció el maltrato animal, Frank Ortiz, señaló que se abandonó no sólo a los animales que sufren violencia, sino que no arropó a la vecina denunciante.
La organización Abogados Animalistas de México A.C. de la que es parte el abogado Frank Ortiz informó que el juez de control determinó que Carlos N:
- Regrese a vivir al domicilio donde mató a El Chato (que es vecino de la denunciante)
- No molestar a la víctima (vecina de su dominio)
- Contar con un trabajo
- Inscribirse a un programa psicológico
Pero con esto no se aplicaron medidas de protección contra la víctima (vecina contigua).
Además, Ortiz señaló que no se aplicaron mecanismos de juzgar con perspectiva de género (por ser una mujer, adulta mayor, que vive sola en su domicilio).
“Ante esto el juez no aplicó los derechos de la Ley General de Victima, Ley de Victimas del Estado, lo resuelto por la primera Sala de la SCJN en el amparo en revisión 710/2019, el artículo 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y el art 4 de la Constitución Federal”, refirió la organización por medio de un comunicado.


