SCJN reafirma decreto por el que se declara al Lago de Texcoco Área Natural Protegida
La suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez del Decreto por el que se declaró área natural protegida al Lago de Texcoco y negó el amparo a los ejidatarios del Estado de México que se opusieron a la medida.
En 2022, el entonces presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, declaró el carácter de Área de Protección de Recursos Naturales, la zona conocida como Lago de Texcoco, en los municipios de Texcoco, Atenco, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos y Nezahualcóyotl, zona en la que se iba a construir el Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAIM).
Entonces, diversos ejidatarios del municipio de Atenco, Estado de México, consideraron que el establecimiento de dicha zona vulneró su derecho a la propiedad agraria y al uso y aprovechamiento de sus tierras, reconocido en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin embargo, la SCJN reiteró que la propiedad de las tierras corresponde originariamente a la Nación, la cual conserva en todo momento la facultad de imponer modalidades a la propiedad privada y social, cuando así lo exige el interés público.
En este sentido, precisó que medidas como la limitación de determinadas actividades o la regulación del uso del suelo no implican la desaparición del derecho de propiedad, sino restricciones legítimas a su ejercicio orientadas a cumplir fines constitucionalmente válidos, como la protección del medio ambiente.
Además, en el caso concreto se reconoció que los ejidos habían sido informados, escuchados y tomados en cuenta: fueron notificados del estudio previo de manera personal y se realizaron reuniones informativas en las que las autoridades explicaron el alcance de la protección, aclarando que podían seguir realizando actividades agrícolas de forma sustentable.
Por todo ello, la Suprema Corte negó el amparo y confirmó la validez del decreto que contribuye a la protección del derecho al medio ambiente sano.


