CNDH emite Recomendación a la SEDENA por falta de atención médica y tortura
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 171VG/2024 a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), por tortura y falta de atención médica oportuna, en un caso registrado en el año 2007.
El expediente iniciado a partir de una queja recibida en diciembre de 2021 señala que el 13 de octubre de 2007 la víctima fue detenida por elementos militares en un tramo carretero de Abasolo, Tamaulipas, y trasladada a instalaciones de la SEDENA donde refirió haber sido maltratado durante tres días.
Posteriormente —según su dicho— fue conducida a instalaciones de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) en la Ciudad de México donde, debido a las lesiones que presentaba, tuvo que ser hospitalizada, hasta que finalmente se le ingresó a un centro federal de reclusión.
La investigación realizada por esta Comisión Nacional confirmó violaciones a los derechos humanos, específicamente a la integridad personal y al trato digno.
Esto se originó por la omisión de brindarle a la víctima atención médica de urgencia, ya que se verificó que fue detenida después de que la camioneta en la que viajaba volcara al intentar eludir a personal militar, lo que le causó intensos dolores en la espalda.
A pesar de ello, transcurrieron 28 horas desde su aseguramiento hasta su puesta a disposición en la entonces PGR, sin que recibiera atención para las lesiones que padecía, mismas que ameritaban su traslado a un hospital privado por presentar tres vértebras fracturadas, provocando con ello un sufrimiento innecesario.
Por lo anterior, la CNDH recomendó a la Secretaría de la Defensa Nacional reparar integralmente el daño causado a la víctima, proporcionarle atención médica y —si así lo requiere— de rehabilitación, hasta que alcance el nivel más alto de sanación física posible; además de brindarle, de forma gratuita, medicamentos e instrumental que requiera.
Asimismo, colaborar en el trámite y seguimiento de la averiguación previa iniciada contra el personal militar por los hechos de tortura referidos y brindar formación especializada en materia de derechos humanos que haga hincapié en la atención médica de urgencia que se debe proporcionar a las personas que, durante acciones de aprehensión, resulten lesionadas; entre otros puntos recomendatorios que deberán ser atendidos a cabalidad.