Clausuran obras de remoción de vegetación en el Ejido Corcovada, en SLP
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso una clausura total temporal por la remoción de la vegetación forestal en terrenos de uso común en el Ejido de Corcovada, localizado en el municipio de Villa Hidalgo, San Luis Potosí.
Los días 19 y 20 de mayo de 2025, personal de la dependencia llevó a cabo visita de inspección, a partir de la recepción de una denuncia ciudadana el 14 de mayo, de parte de un habitante del Ejido de Corcovada, en la que informa la remoción de la vegetación forestal por la apertura de brechas y efectuar las labores de barrenación (exploración). Adicionalmente, en días recientes se denunció públicamente que en este ejido se pretendía llevar a cabo un proyecto minero y privatizar los terrenos de uso común.
Durante el recorrido se detectó la apertura de tres brechas, de 3,100 metros, 684 metros y 83 metros, respectivamente; al recorrer las brechas se observaron ocho áreas en las que se removió la cubierta vegetal. El área total afectada es de 13,961 metros cuadrados (m2).
La vegetación removida corresponde al matorral desértico micrófilo, que incluye especies como: mezquite, huizache, nopal, maguey, coyonoxtle, garabatillo, entre otras arbustivas y herbáceas.
Por la remoción ilegal de vegetación forestal, la Profepa colocó dos sellos de clausura.
Al solicitarle al inspeccionado la autorización en materia de impacto ambiental y de cambio de uso de suelo, no presentó la documentación correspondiente, y manifestó que las actividades habían sido autorizadas por el comisariado ejidal anterior y que fueron realizadas en enero del 2024 por una empresa privada.
Para la realización de actividades de remoción de vegetación es necesario contar con autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales y en materia de impacto ambiental, ambas emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Las actividades observadas son infracciones al artículo 28 fracción VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; al 5° inciso O) del Reglamento de la misma Ley, en Materia de Impacto Ambiental; al artículo 155 fracción III y el artículo 93 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Profepa sustanciará el procedimiento iniciado a fin de emitir la resolución sancionatoria en la que se impongan las sanciones correspondientes.
La Semarnat informó que el proyecto que se pretende desarrollar en el ejido Corcovada fue ingresado a evaluación en materia de impacto ambiental, en su Oficina de Representación de San Luis Potosí en septiembre de 2024, con el nombre de Banco de materiales Castillos. En estos momentos, el trámite se encuentra suspendido debido a que se detectaron varias inconsistencias en la documentación presentada.
